Proceso legal y técnico de desenterrar un cadáver o restos óseos de su sepultura original para moverlos a una nueva ubicación distinta al cementerio donde se encuentran.
El interesado/a o su representante legal, en los términos establecidos la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 6. Cuota Tributaria. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de Cementerio Municipal de Simat de la Valldigna.
Las cuotas tributarias se determinarán por la aplicación de las siguientes tarifas:
A) Nichos /Hornacinas:
Asignación inicial e inhumación en Nicho sencillo 900,00€.
Asignación inicial Inhumación en Nicho Doble (Hasta dos cadáveres) 1.800,00€.
Adquisición Hornacinas 150,00€.
Apertura, depósito y cierre de Hornacina o columbario 25,00€.
B) Trabajos de exhumación e inhumación de restos cadavéricos a un único nicho 150,00€.
C) Trabajos de traslado de restos cadavéricos, donde hay implicados más de un nicho 200,00€.
D) Cambio de titularidad del Derecho Funerario (inter vivos/mortis causa) 50,00€
E) Renovación del derecho funerario por 50 años 50% del coste de adquisición.